9 cambios que afectarán a tu empresa en 2026
El Consejo de Ministros aprobó en abril de 2026 el Anteproyecto de Ley que modifica la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), el Reglamento de los Servicios de Prevención (RSP) y el Estatuto de los Trabajadores. Es la primera reforma de calado en más de 30 años. Si tienes trabajadores a tu cargo, esta reforma te afecta.
Nota: a la fecha de publicación de este artículo el texto se encuentra en fase de anteproyecto. Todavía se tiene que tramitar como proyecto de ley y aprobarse en las Cortes. Aun así, los cambios que recoge son los acordados con CCOO y UGT en febrero de 2026 y es muy probable que se mantengan en su mayor parte.
¿Por qué se reforma la ley ahora?
La Ley de Prevención de Riesgos Laborales está vigente desde 1995. En tres décadas el mundo laboral ha cambiado radicalmente: el teletrabajo, la digitalización, el cambio climático, el aumento de enfermedades mentales en el trabajo y el envejecimiento de la plantilla han creado riesgos que la ley original no preveía.
La reforma busca actualizar la normativa para dar respuesta a estos retos y facilitar su aplicación, especialmente en pequeñas y medianas empresas. Fue acordada con los agentes sociales (CCOO y UGT) el 10 de febrero de 2026, y aprobada en Consejo de Ministros el 28 de abril de 2026.
Los 9 cambios que más afectan a tu empresa
1. Los riesgos psicosociales y la salud mental ganan visibilidad
A partir de esta reforma, los riesgos psicosociales (estrés laboral, burnout, acoso, carga mental excesiva) adquieren mucha más importancia y, en la ley, se remarca que se deben incluir de forma expresa en la evaluación de riesgos y en la planificación preventiva.
Además, la empresa queda obligada a garantizar la vigilancia de la salud mental de los trabajadores, no solo la física. Esto implica incluir este aspecto en las revisiones médicas y en el seguimiento de la salud colectiva de la plantilla.
2. El cambio climático entra en la evaluación de riesgos
Las olas de calor, las tormentas extremas o las inundaciones son ahora riesgos laborales reconocidos. La reforma obliga a incluir en la evaluación de riesgos los peligros derivados del cambio climático y las catástrofes naturales, y a definir medidas de emergencia específicas para estos supuestos.
Si tienes trabajadores en exteriores, en obras, en almacenes sin climatización o en zonas con riesgo de inundación, este punto te afecta directamente.
3. La evaluación de riesgos exige visitas presenciales
Una de las novedades más prácticas: la evaluación de riesgos se deberá realizar mediante visitas presenciales al centro de trabajo. Se han acabado las evaluaciones de riesgos hechas únicamente en papel o en remoto sin pisar la empresa.
Si tienes un servicio de prevención ajeno (SPA), verifica que cumplen este requisito.
4. El empresario ya no puede asumir la prevención si tiene más de 10 trabajadores
Antes, el empresario podía asumir personalmente las funciones preventivas en empresas de hasta 25 trabajadores. La reforma rebaja este límite a 10 trabajadores, y además exige que la empresa tenga un único centro de trabajo y que el empresario cuente con la capacidad técnica necesaria según los riesgos existentes.
5. La formación práctica en PRL debe ser presencial
La reforma establece que la formación práctica en prevención de riesgos se deberá realizar presencialmente, salvo causas justificadas y debidamente acreditadas. También será obligatorio repetir la formación cuando se produzcan daños a la salud que indiquen que la formación anterior era insuficiente.
Buena noticia para pymes: las empresas de hasta 10 trabajadores podrán bonificar la formación obligatoria en PRL a través del sistema de formación profesional para el empleo.
6. Protocolo obligatorio para el retorno tras una baja larga
Cuando un trabajador vuelva al trabajo tras una ausencia prolongada por motivos de salud, la empresa deberá contar con un procedimiento de retorno que incluya, entre otros, la actualización de su formación preventiva si fuera necesario.
7. Los EPIs se deben adaptar a las características físicas de cada persona
Los equipos de protección individual (guantes, cascos, arnéses, calzado de seguridad…) deberán estar adaptados a las características físicas y medidas antropométricas de cada trabajador. La talla única deja de ser aceptable si no se justifica adecuadamente.
Esto conecta con la obligación de integrar la perspectiva de género en la prevención: los EPIs deben estar disponibles en tallas y diseños adecuados tanto para hombres como para mujeres.
8. El acoso y la violencia laboral entran en la gestión preventiva
La reforma incluye una definición expresa de «violencia y acoso laborales» en la LPRL, que abarca cualquier conducta que pueda causar daño físico o mental al trabajador, incluido el ciberacoso y el uso de inteligencia artificial o algoritmos con fines intimidatorios.
La empresa queda obligada a garantizar la protección frente al acoso sexual y el acoso por razón de sexo como parte de su gestión preventiva, no solo como una obligación de igualdad.
9. El contrato con el SPA debe incluir mediciones y estudios específicos
La nueva ley prevé un cambio significativo en los conciertos de las empresas con los Servicios de Prevención Ajenos. Si tienes contratado un servicio de prevención ajeno, el contrato (concierto) deberá incluir expresamente la realización de las mediciones o estudios de riesgos específicos necesarios para la evaluación (mediciones de ruido, exposición química, evaluación ergonómica, etc.).
¿Cuándo entra en vigor?
El anteproyecto fue aprobado por el Consejo de Ministros el 28 de abril de 2026. Todavía tiene que completar su tramitación parlamentaria. La entrada en vigor previsible es a finales de 2026 o principios de 2027, aunque algunas disposiciones podrán tener plazos de adaptación específicos.
Además, en el plazo de un año desde la entrada en vigor, el Gobierno deberá aprobar un reglamento específico sobre riesgos psicosociales que detallará las obligaciones concretas en esta materia.
¿Qué tiene que hacer tu empresa ahora?
No hace falta esperar a que la ley entre en vigor para empezar a prepararse. Las empresas que actúen antes estarán en una mejor posición cuando la norma sea exigible:
- Revisar si tu evaluación de riesgos incluye factores psicosociales y climáticos.
- Verificar que tu servicio de prevención realiza visitas presenciales a tu empresa.
- Comprobar si el empresario puede seguir asumiendo la prevención según el nuevo límite de 10 trabajadores.
- Revisar el contrato con tu SPA para asegurarte de que cubre mediciones específicas.
- Actualizar los EPIs disponibles para que se adapten a todos los trabajadores.
- Poner en marcha o revisar el protocolo de prevención del acoso.
Preguntas frecuentes sobre la reforma PRL 2026
¿Cuándo entra en vigor la nueva ley de prevención de riesgos laborales?
El anteproyecto fue aprobado en Consejo de Ministros el 28 de abril de 2026. La ley todavía se tiene que tramitar en el Parlamento, por lo que su entrada en vigor previsible será a finales de 2026 o en 2027.
¿Qué empresas están obligadas a contratar un servicio de prevención ajeno con la nueva ley?
Con la reforma, las empresas de más de 10 trabajadores ya no podrán delegar la prevención en el propio empresario. Deberán organizar la prevención mediante trabajadores designados, servicio de prevención propio o servicio de prevención ajeno (SPA).
¿Son obligatorias las revisiones médicas de salud mental con la nueva ley?
La reforma establece que la vigilancia de la salud debe abarcar tanto la salud física como la mental. Esto implica adaptar los protocolos médicos para incluir la detección de riesgos psicosociales. El desarrollo concreto se regulará mediante un reglamento específico posterior.
¿Qué son los riesgos psicosociales y por qué son obligatorios en la nueva ley?
Los riesgos psicosociales son factores del trabajo que pueden afectar la salud mental del trabajador: estrés crónico, burnout, acoso laboral, exceso de carga de trabajo o falta de autonomía. Con la reforma, se deben incluir de forma expresa en la evaluación de riesgos de cualquier empresa, independientemente de su tamaño o sector.
¿Puede el empresario seguir asumiendo la prevención de riesgos en su empresa?
Con la nueva ley, el empresario solo podrá asumir personalmente las funciones preventivas si la empresa tiene como máximo 10 trabajadores y un único centro de trabajo, y siempre que tenga la capacidad técnica necesaria. Antes el límite era de 25 trabajadores.
¿Qué es la perspectiva de género en la prevención de riesgos laborales?
La perspectiva de género en PRL implica tener en cuenta que hombres y mujeres pueden estar expuestos a los mismos riesgos de forma diferente, debido a diferencias biológicas, físicas y sociales. La nueva ley obliga a integrarla en la evaluación de riesgos y en la elección de equipos de protección individual.